Anteproyecto de Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación

En el marco de la reforma al artículo 3º constitucional de mayo de 2019, que reconoció el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica y estableció la obligación del Estado de apoyar la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, así como de garantizar el acceso abierto a la información que derive de ella, se facultó al Congreso para legislar en la materia, estableciendo bases generales de coordinación entre los tres órdenes de gobierno. A finales de 2019, en la sesión del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, el Presidente de la República instruyó al Conacyt para que, en ejercicio de sus facultades legales, formulara el Anteproyecto de iniciativa de Ley General de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación.

Desde el Conacyt, se ha impulsado un proceso amplio e incluyente de consulta y participación con las dependencias, entidades e instituciones públicas y, en general, con toda la comunidad del sector de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación, con el propósito de recibir y sistematizar propuestas y sugerencias en torno a los temas que habría de contener el Anteproyecto.

En este sentido, el Conacyt estudió 47 iniciativas de ley, incluida la reforma de la Ley de Ciencia y Tecnología del 6 de noviembre de 2020. Asimismo, elaboró una investigación de carácter comparativo sobre la legislación de ciencia, tecnología e innovación en el mundo, así como un estudio sobre el derecho humano a la ciencia y sus estándares internacionales. De igual manera, revisó 31 informes, estudios y documentos oficiales de carácter internacional; 5 leyes y exposiciones de motivos en la materia; 17 análisis legislativos; 18 estudios de política comparada; 5 memorias de eventos relevantes de la materia; 49 diagnósticos y observaciones temáticas y 36 reflexiones interdisciplinarias. Además, el Conacyt tomó en cuenta 91 actividades de consulta y participación del sector público; 224 propuestas y aportaciones generadas en la plataforma de consulta de la institución; 17 actividades independientes de la comunidad de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación; 20 reuniones de trabajo con diversos actores del Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación; 174 cuestionarios dirigidos a instituciones y expertos en la materia; 3 propuestas de Ley de particulares; 10 opiniones emitidas por distintas Secretarías de Estado y 6 opiniones al Anteproyecto realizadas por otras instituciones públicas y asociaciones civiles.

Resumen Ejecutivo del Anteproyecto

El Anteproyecto tiene como fundamento el derecho humano a la ciencia, regula su núcleo esencial, establece sus elementos y principios, así como las obligaciones del Estado para garantizar su ejercicio efectivo, destacando su relevancia para el goce de otros derechos fundamentales. Además, reconoce la libertad de investigación, incluida la libertad de cátedra y expresión, así como la autonomía de las universidades e instituciones de educación superior autónomas por ley.

Establece un Sistema Nacional de HCTI plural e incluyente, integrado por autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como por organizaciones de los sectores social y privado, además de las universidades e instituciones de educación superior, los Centros Públicos de Investigación y, en general, todas aquellas personas que participan en actividades en la materia. Con el propósito de articular transversalmente las capacidades del Sistema Nacional y fortalecer el diseño y ejecución de las políticas públicas en la materia, se prevé la distribución de competencias entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, además del establecimiento de mecanismos institucionales para facilitar las relaciones intergubernamentales en pro de un federalismo cooperativo. De igual manera, en el Anteproyecto subyace una noción amplia de democracia, en la que los principios de honestidad, legalidad, transparencia y rendición de cuentas son fundamentales para que las instituciones públicas cumplan con sus atribuciones jurídicas y mandatos constitucionales.

El Anteproyecto promueve la generación continua de nuevos conocimientos, así como la articulación de la ciencia básica y la investigación de frontera con las actividades en materia de HCTI orientadas a incidir en asuntos prioritarios para el desarrollo nacional, con el propósito de garantizar que los beneficios públicos del desarrollo de las ciencias y las tecnologías redunden en el bienestar social y contribuyan al cuidado y restauración del ambiente, así como a promover el fortalecimiento de la soberanía nacional y el desarrollo integral del país.

El Anteproyecto reconoce a los Centros Públicos como instituciones fundamentales para promover el avance del conocimiento y el fortalecimiento de la comunidad de HCTI, así como para alcanzar y consolidar la independencia científica y tecnológica del país y brindar al Estado la solvencia indispensable para la atención integral de problemáticas nacionales y, en general, para la toma de decisiones en asuntos públicos. En este sentido, el Anteproyecto incorpora las bases generales del Sistema Nacional de Centros Públicos, regula su gobierno y administración y, además, prevé su armonización normativa, a la vez que incorpora órganos de participación y consulta del personal.

El Anteproyecto contempla la concurrencia de los sectores público, social y privado en el financiamiento de las actividades en materia de HCTI. Particularmente, se establece que el Estado provea de recursos y estímulos oportunos, suficientes y adecuados, de manera irreductible y progresiva.

Anteproyecto de Iniciativa de Ley General en Materia HCTI

LEY GENERAL EN MATERIA DE
HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E
INNOVACIÓN

TÍTULO PRIMERO. DEL DERECHO HUMANO A LA CIENCIA

TÍTULO SEGUNDO. DE LA POLÍTICA DE ESTADO            

TÍTULO TERCERO. DEL SISTEMA NACIONAL DE HUMANIDADES, CIENCIAS, TECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN

TÍTULO CUARTO. DE LAS AUTORIDADES FEDERAL

TÍTULO QUINTO. DEL SISTEMA NACIONAL DE CENTROS PÚBLICOS

TÍTULO SEXTO. DE LOS MECANISMOS E INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE FOMENTO Y APOYO

TÍTULO SÉPTIMO. DE LA INFORMACIÓN 

TRANSITORIOS

Este documento fue aprobado, en lo general, por el Consejo General el 14 de diciembre del 2020.

Presentación de Anteproyecto

Cuadro Comparativo

La legislación vigente fue expedida en un contexto geopolítico y económico, tecno-científico y ambiental, nacional e internacional, muy distinto al que se nos presenta hoy día, se trata de ordenamientos construidos sobre la base de principios jurídicos y objetivos institucionales que no necesariamente coinciden con la pluralidad epistemológica, las exigencias éticas y el compromiso que la sociedad demanda del quehacer científico y tecnológico de cara a los grandes desafíos a los que ahora se enfrenta. Al cobijo de este marco, las capacidades y los recursos científicos y tecnológicos nacionales carecieron de una articulación eficaz, se precarizaron las condiciones laborales y el salario de los trabajadores del sector, se promovió el uso irresponsable de tecnologías nocivas para el ambiente y la salud, y los recursos públicos disponibles se ejercieron de manera deficiente e irresponsable.

La suma de esfuerzos para la consolidación de la primera Ley General en materia de HCTI apunta a consolidar el Sistema Nacional de HCTI como paradigma de ciencia pública y ciudadana, idóneo para orientar y coordinar los recursos y capacidades del sector al desarrollo económico, social y sustentable del país, así como para promover la apropiación social del conocimiento y universalizar los beneficios de la investigación científica y sus aplicaciones tecnológicas. En este sentido, resulta indispensable que el Estado recupere la rectoría en la materia y defina una agenda estratégica nacional que apuntale el derecho a la ciencia a partir de una perspectiva de derechos humanos. Asimismo, será necesario consolidar jurídicamente una política pública participativa y de largo alcance que facilite la articulación del gobierno, la academia y la industria, así como la coordinación intersectorial y regional, además de la cooperación internacional y la vinculación corresponsable entre los sectores público, social y privado, de modo que el desarrollo científico y tecnológico y el fortalecimiento de la economía mexicana contribuyan a la soberanía nacional y sean compatibles con el bienestar social y el cuidado del ambiente.